EL
CONTRABANDO EN EL PERÚ
«Estedelitonacedelaleymisma;porquealaumentarlosimpuestosaduanerosaumenta el alicienteyconél la tentación dehacercontrabando, yla facilidad decometerlocrececonlaperiferiaquehayquecustodiaryconladisminucióndelvolumendelamismamercancía.Lapenadeperder nosólo lamercancíaprohibida,sinotambiénlosdemásgénerosquelaacompañan,esjustísima,peroserátantomáseficazcuantomáspequeñosseanlosimpuestosaduaneros,porqueloshombresnosearriesgansinoenproporciónal beneficioqueel resultadofeliz de la empresaproduciría».
POR: LEYDY L. SALCEDO
PANTOJA[1]
[1]Alumna de la facultad de
derecho y ciencias políticas de la universidad privada san pedro – sede huacho
RESUMEN:
Durante los últimos años las actividadesinformales
han adquirido un enorme perjuicio en la vida económica nacional, este tipo de
burla es conocido con el nombre de contrabando y está relacionado con
el hecho de eludir el control aduanero en el ingreso de las
mercaderías,existiendo además la intencionalidad en la comisión de los hechos,
lo cual implica de por medio el dolo.
Pesea la existencia de leyes que reprimen
elcontrabando, esta continúa en el país.
Lo que resalta de estos actos ilícitos es
la existencia de bandas organizadas delincuenciales dedicadas casi de manera
exclusiva al contrabando,
los que han creado una estructura socioeconómica que
desborda en una marcada
informalidad, fomentando el
funcionamiento de verdaderos enclaves
que se organizan
en cadena.
1. INTRODUCION:
El
ingreso de las mercaderías a los países por los conductos regulares de las
Aduanas permite a los distintos Estados en el mundo un control de las mismas,
además de poder recaudar los impuestos y aranceles que por la importación de
bienes se aplica normalmente en el país de consumo.
El contrabando se
comete, siempre, desarrollando una conducta dirigida a evadir la intervención
de la aduana en la introducción o extracción de bienes del territorio aduanero.
Esa conducta, como bien lo dice la Ley, puede estar conformada por acciones u
omisiones, pero debe estar dirigida o haber logrado la elusión que se considera
delictuosa.
Este ilícito está íntimamente ligado a las
ideas de territorio y de intervención. Este último término es, probablemente,
el más importante de la terminología aduanera, por cuanto la función principal
de la aduana es la de intervenir en todas las introducciones y extracciones de
mercancías del territorio nacional, a objeto de ejercer los controles
establecidos en la legislación correspondiente. Si falta esa intervención, hay
delito.
El contrabando constituye lo que la
doctrina penal denomina delitos de mera-conducta o de mera-actividad, en
oposición a los llamados delitos con resultado.
Los principales productos de contrabando;
son: gasolina, gas, medicinas, Alimentos, prendas y complementos de vestir,
artefactos, tabacos y cigarros, telas, computadora, partes y otras unidades,
calzado, licores y bebidas, partes de vehículos, artículos de tocador y aseo
personal; emisores de radiodifusión, relojes, entre otros.
2.
DEFINICIÓN:
El
término “CONTRABANDO” obedece a un
origen etimológico de la unión de dos
voces: contra, que alude al hecho de tener una conducta opuesta a algún
mandato, y bando, que en la edad
media constituía una ley o pregón público de cumplimiento obligatorio.[1] Del contrabando de
aventura común en la primera mitad del siglo XX, nos hemos deslizado hacia el
delito realizado mediante engaño de la autoridad aduanera o mediante corrupción
de ella.
En
ese mismo sentido, se aprecia dentro de la definición del término contrabando
laborada por CABANELLAS cuando precisa que es el “Comercio o producción prohibidos
por la legislación vigente. Productos o mercancías que han sido objeto de
prohibición legal. Lo ilícito o encubierto. Antiguamente, de ahí su etimología,
lo hecho contra un bando o pregón público”.[2]
La
responsabilidad penal por contrabando es objetiva, pues la ley prescinde del
dolo y aun de la simple culpa, lo cual constituye una importante excepción a
los principios generales del derecho penal universal.
Por
ejemplo, si el conductor de un vehículo de
carga, por haberse guiado por una señal de carretera equivocada, ingresa a
territorio nacional por lugar no habilitado para la importación, es imputable,
aun cuando sea evidente el error que condujo a dicho territorio. Basta la
acción material de introducir el cargamento para que se consume el delito, aun
cuando el conductor no lo haya querido.
Un
Norma Penal En Blanco.
De la redacción de este tipo penal se
aprecia que constituye una norma penal en blanco, toda vez que la norma no hace
precisión a lo que debe entenderse como
“recinto” o “lugares autorizados donde secomete el delito de
contrabando”, siendo necesario recurrir a otra normatividad que sí los
desarrolla, como es el caso de la Ley de Aduanas.
El interés jurídicamente protegido es el
derecho del Estado de intervenir y controlar el paso de mercancías extranjeras,
nacionales o nacionalizadas a través de las fronteras, aguas territoriales o
espacio aéreo para determinar y aplicar el régimen jurídico al cual dichas
mercancías estén sometidas.
SujetoPasivoDelContrabando.
Elsujetopasivoeslapersonaqueresultaofendidadirectaeinmediatamenteporeldelitoo,enotrostérminos,elportadordelbienjurídicoatacadodirectamenteporelhecho penalmentepunible.
Circunstancias agravantes.
ü Las mercancías objeto del delito sean armas de fuego,
municiones, explosivos, elementos nucleares, abrasivos químicos o materiales
afines, sustancias o elementos que por su naturaleza, cantidad o
características pudieran afectar la salud, seguridad pública y el medio
ambiente.
ü Interviene en el hecho en calidad de autor, instigador o
cómplice primario un funcionario o servidor público en el ejercicio o en
ocasión de sus funciones, con abuso de su cargo o cuando el agente ejerce funciones
públicas conferidas por delegación del Estado.
ü Intervieneenelhechoencalidaddeautor,instigadorocómpliceprimariounfuncionariopúblicooservidordelaAdministraciónAduaneraounintegrantedelasFuerzasArmadasodelaPolicíaNacional.
ü Cuando el valor de las mercancías sea superior a veinte
(20) Unidades Impositivas Tributarias.
Consecuencias Accesorias Aplicables A Las Personas
Jurídicas.
Si para la ejecución de un delito aduanero se utiliza la
organización de una persona jurídica o negocio unipersonal, con conocimiento de
sus titulares, el juez deberá aplicar, según la gravedad de los hechos conjunta
o alternativamente, las siguientes medidas:
a)
clausura
temporal o definitiva de sus locales o establecimientos.
b)
Disolución de
la persona jurídica.
c)
Cancelación de licencias,
derechos y otras autorizaciones administrativas o municipales de que disfruten.
d)
Prohibición
temporal o definitiva a la persona jurídica para realizar actividades de la
naturaleza de aquellas en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto
el delito.
3. ASPECTOS A TOMAR EN CUENTA:
Factores Que
Contribuyen Al Incremento Del Contrabando
1. Incentivos económicos a
favor de los infractores. Toda vez que es más
rentable pagar a una persona para que pase la mercadería que pagar los
impuestos.
2. Desempleo
y falta de inversiones productivas en las zonas fronterizas.
3. El
subsidio económico del país fronterizo a ciertosproductosque ingresan a
territorionacional con precios muy por debajo al nacional.
4. Existencia
de un extenso territorio fronterizo, así como zonas inhóspitas e inaccesibles
para el patrullaje por parte de las autoridades.
5. Actos
de corrupción por parte de algunos funcionarios encargados de combatir este
flagelo.
Factores Que Disuaden
El Contrabando
1. El
ministerio público, en coordinación con la Policía Nacional
del Perú, ADUANAS
– SUNAT y otros,
realiza permanentes operativos
contra el contrabando en
carreteras, puertos y aeropuertos para impedir el ingreso y/o egreso de
mercancía.
2. Controles
rutinarios en puestos de control fijos, situados en
las principales vías
de acceso y transporte de esta zona del país.
3. La ejecución
de operativos y/o
campañas de información que
tienen como fin
contrarrestar el contrabando.
Formas
De Traslado De Mercadería De Contrabando
1.
Hormiga:
Cuando es camuflado en el equipaje y el cuerpo de los personas de condición
humilde que pasan la frontera.
2.
`El
Quemado', es una modalidad de financiamiento empleada por los
contrabandistas. Para agenciarse de dinero en efectivo, los contrabandistas
compran productos al crédito y los venden rápidamente a precios bajos. Ese
dinero sirve para financiar futuras actividades de contrabando.
3.
Pampeo:
Se utilizan vías alternas, pampas o trochas.
4.
Doble
Fondo, Caleta o Compartimientos Secretos.
5.
Encomienda.
6.
Envoltura
Engañosa.
7.
Maleteo/
Carrusel: Un camión llega a Lima cargado de mercadería legal
con Declaración Única de Aduana (DUA). Este documento es enviado por vía aérea
de regreso a la frontera, para ser utilizado nuevamente como salvoconducto por
otro camión que transporta mercancía similar pero ilegal. Cuando este segundo
camión llega a Lima, y pasa la inspección, el documento es vuelto a enviar y
así sucesivamente. El carrusel del delito no tiene cuándo parar.
8.
Pateada
o Documentación Falsificada/Factureo
9.
“Convoy”,
“Caravana” o “Culebra”
- CAMIONES BUSESY LIEBRES (fuerza de choque).
- Los vehículos no presentan placas de rodaje.
Esta
actividad ilegal afecta a diversos sectores de la economía, principalmente a la
industria, el comercio, y el agropecuario, entre otros.[3]
4. CIFRAS EN EL PERÚ
El
Contrabando Por Las Frontera.
Para
el caso de la Aduana Marítima del Callao, se utilizó como parámetro la alta
incidencia en correcciones de Conocimientos de embarque que incluye
correcciones en peso, en declaración de mercancía y en consignatario.
Se
estimaron las cifras de contrabando a través de la diferencia entre los pesos
brutos manifestados por los transportistas y los pesos brutos recibidos por el
Terminal de Almacenamiento, los mismos que se valorizaron en función al peso
por kilo promedio de las importaciones definitivas que ingresan por dicha
aduana.
En
el Perú, los manifiestos se acepta un margen de tolerancia máximo mayor o menor
a 5% de diferencia entre el peso recibido y el peso declarado, no requiriéndose
a este efecto solicitud de rectificación. Tomando en cuenta este parámetro se
consideró un rango adicional de 10% por las rectificaciones efectuadas con
solicitud, motivo por el cual se aceptaron como rectificaciones “de buena fe”
tasas del 6% al 15% de diferencia en peso. Por tanto, las diferencias de peso
mayores al 15% nos estarían indicando el nivel aproximado de contrabando.
La
estimación del contrabando por la Aduana Marítima del Callao se realizó en
función de la siguiente ecuación:
Contrabando = (Peso
Transportista-Peso Almacén) * Valor CIF US$ Kg Importación
(Peso
Transportista/Peso Almacén) > 1,15
Contrabando
Por La Aduana Aérea[5]
Se circunscribió al desarrollo de esta
actividad informal a través del Salón Internacional del Aeropuerto Jorge
Chávez, principal aeropuerto peruano.
De acuerdo a las estadísticas elaboradas
por la Dirección General de Migraciones y Naturalización (DIGEMIN), se tiene
que en el 2004 el 42,1% de los viajeros que ingresaron al país por vía aérea
fueron ciudadanos de nacionalidad peruana.
En función a la información disponible, se
han registrado en general 1 321 actas de comiso en el Salón Internacional, y
que por el semáforo rojo pasaron 58 847 pasajeros peruanos. Por lo tanto, se
obtiene una incidencia del 2,24%. Este último dato es el parámetro utilizado
para estimar el ingreso ilegal de mercancías por el Aeropuerto Jorge Chávez.
5. CONCLUSIÓN
El contrabando tiene varios efectos
negativos, dentro de los que se pueden resaltar el deterioro de las finanzas públicas
y el menoscabo de la actividad productiva formal de las zonas de
frontera a consecuencia
del deterioro en
la comercialización.
Las consecuencias del contrabando son: (a)
Menores recursos para el Estado, por la defraudación tributaria, (b)
Competencia desleal de productos extranjeros, (c) Desincentivo para la
industria legal y el comercio nacional, lo que afecta el desarrollo,
(d) Mayor gasto del Estado para controlar
el contrabando, (e) Efecto imitación del resto del país o de la zonas, (g)
Clima de violencia e incremento de otras formas delictivas ya que las mafias de
contrabando pueden estar vinculadas al narcotráfico y financiación de otras
actividades ilícitas.
Determinar la verdadera magnitud del
contrabando no es tarea fácil debido a que se trata de una actividad ilegal y
oculta.
Hoy en día el contrabando se está
incrementando debido a que no existe en buen control; por lo que este problema afecta
indiscutiblemente a todos y obviamente da un mal aspecto a nuestro País.
[1]¿Cuándo se configuran los
delitos de contrabando y la defraudación de rentas de aduana?: A raíz de las
modificaciones realizadas por el Decreto Legislativo N° 1111; Dr. Mario Alva
Matteucci; 2012.
[2]CABANELLAS DE
TORRES, Guillermo. “Diccionario Jurídico Elemental”. Editorial Heliasta S.R.L.
5.a reimpresión, Buenos Aires, 1982. Página 69.
[3] Estimación Del
Contrabando En El Perú Durante El 2009.
[4]XIV Reunión de Expertos
gubernamentales en estadísticas de Comercio Exterior de bienes; 2007;
Lima-Perú.
[5]XIV Reunión de Expertos
gubernamentales en estadísticas de Comercio Exterior de bienes; 2007;Lima-Perú.


